VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO

(El nombre es muy largo, llamémosle VPRG)

¿Qué es?

La Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género es toda acción u omisión, incluida la tolerancia a esas conductas, que tiene como resultado:

a restricción, anulación, limitación o el deterioro del libre acceso o ejercicio a sus funciones o de sus derechos políticos electorales.

Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género cuando se dirijan a una mujer por el hecho de serlo, que le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella.

¿Quiénes pueden ser víctimas de VPRG?

Una o varias mujeres que son:

  • Aspirante a una candidatura.
  • Precandidatas.
  • Candidatas a cargos de elección popular o por designación.
  • Mujeres que están en el ejercicio de sus funciones en un cargo público.
  • Mujeres en algún puesto de decisión en partidos u organizaciones políticas.
Así como en contra de sus familiares o afines.

¿Dónde?
En el ámbito público o privado.
¿Cuándo?

En todo momento, ya sea antes, durante o después de un proceso electoral, siempre y cuando afecte el ejercicio de los derecho político-electorales de las mujeres

Los Derechos Político-Electorales de las mujeres son:

  • Votar
  • Ser electa en un cargo de elección popular
  • Acceder a un cargo público
  • Afiliarse a un Partido Político
  • Participar en asuntos públicos
¿Quiénes pueden cometerla?
  • Pueden ser agentes estatales
  • Superiores jerárquicos
  • Colegas de trabajo
  • Personas dirigentes de partidos políticos
  • Afiliados
  • Simpatizantes
  • Precandidatos o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos
  • Organizaciones sindicales
  • Medios de comunicación y sus integrantes
  • Por un particular o por un grupo de particulares

Marco Normativo

En materia de derechos político-electorales, el Estado mexicano cuenta con una serie de obligaciones derivadas de los tratados internacionales de los que forma parte, así como de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que ella emana.

Internacional Nacional Local
Convención Americana sobre Derechos Humanos Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. (CEDAW) Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Ley Electoral para el Estado de Nuevo León
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém Do Pará” Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Ley General en Materia de Delitos Electorales Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León
Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder Código Nacional de Procedimientos Penales. Código Penal del Estado de Nuevo León
Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política. Código Penal Federal. Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León
Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Protocolo del Instituto Nacional Electoral para la atención a víctimas y la elaboración del análisis de riesgo en los casos de violencia política contra las mujeres en razón de género.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Protocolo Modelo para los Organismos Públicos Locales Electorales para la atención de primer contacto a víctimas y la identificación de factores de riesgo en los casos de violencia política contra las mujeres del Instituto Nacional Electoral.

Contactos de las instituciones competentes en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género

Nacional